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Senado aprueba la Convención Multilateral

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Aprobación por la Cámara de Senadores del Convenio Multilateral para Implementar las Medidas relacionadas con los Tratados Tributarios para prevenir la Erosión de la Base y la Transferencia de Utilidades (MLI por sus siglas en inglés), desarrollada por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE). Esto de acuerdo con información oficial del Senado de la República.

Antecedentes que propiciaron la aprobación del acuerdo

Derivado de la Acción 15 del Reporte BEPS, la cual consiste en desarrollar un Instrumento Multilateral (MLI) que modifique los convenios fiscales con el fin de aplicar eficazmente las medidas de lucha contra la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios contempladas en los convenios fiscales, surgió el MLI, permitiendo incluir en los tratados tributarios bilaterales vigentes medidas para evitar el abuso de convenios por parte de empresas multinacionales y el uso artificial del estatus de establecimiento permanente, así como para mejorar el mecanismo de resolución de controversias de dichos tratados.

Al respecto, cabe hacer notar, que México firmó el MLI en 2017 y el pasado 12 de octubre de 2022 la Cámara de Senadores ratificó el MLI, por lo que deberá enviarse y depositarse en la OCDE para su firma y posterior entrada en vigor, esperando que sea efectivo a partir de 2024.

El MLI se incluirá a cada tratado fiscal celebrado por México (excepto Estados Unidos de América y Alemania) para formar parte de este, funcionando como un protocolo para interpretar y ejecutar el tratado de que se trate y el MLI como un solo documento.

La entrada en vigor del MLI tendrá efectos en las operaciones con residentes en el extranjero, por lo que es importante que se cumplan con sus disposiciones para así poder tener acceso a los beneficios de los tratados y a su vez no tener contingencias para deducir los pagos respectivos.

Objetivos de la Convención Multilateral

  • Precisar los conceptos de los tratados para una mejor aplicación y evitar el abuso, entre otros, en materia de residencia, beneficios y establecimiento permanente.
  • Eficientar los mecanismos de controversias que puedan surgir entre los gobiernos.
  • Simplificar beneficios
  • Establecer mecanismos que eviten el treaty shopping, o bien, el buscar estructuras cuyo único objetivo sea beneficiarse del tratado sin que exista una justificación de la necesidad de la operación o que no tenga razón de negocios.

Temas a destacar de dicha documento

  • Establecer requisitos para que las personas puedan aplicar los beneficios de los tratados, bajo el concepto de “personas elegibles”, por lo que la residencia no será suficiente.
  • Puede implicar cambios en la legislación doméstica respecto a los métodos para evitar la doble tributación.
  • Puede implicar limitantes de planeación para las personas que tienen inversiones en el extranjero.
  • Aborda temas sobre doble residencia, beneficiario efectivo, tercero relacionado, contratos divididos para temas de establecimiento permanente.
  • Se mantiene el principio de buena fe, sin que ello impida que se analicen los ingresos que no se graven en la fuente (beneficios empresariales), para revisar cuando serán o no aplicables los beneficios de los tratados.
  • Cada país puede establecer sus reservas, y se deberá considerar los acuerdos de intercambio de información y de información entre las autoridades.
  • Incorpora secciones para el arbitraje en caso de controversias.

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Comunicado de ampliación de horarios por parte del SAT

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El Servicio de Administración Tributario (SAT) mediante el comunicado 049/2022 de fecha 2 de octubre ha determinado ampliar los horarios y espacio de atención para los contribuyentes, en especial a las personas morales a las cuales atenderá los “viernes, a partir del 7 octubre hasta el 30 de diciembre de 2022, en un horario de 9:00 a 16:00 horas, previa cita”, desafortunadamente esta redacción causa confusión, ya que no se entiende si de lunes a jueves se atenderá a las personas morales, siendo el viernes exclusivo para estas; lo anterior sería un despropósito, porque reduciría los tiempos de atención efectiva. Ahora bien, si además del horario normal de lunes a jueves, el SAT atenderá extraordinariamente el viernes solo a personas morales, estará aliviando un retraso severo en los trámites de estas personas, que se ha acumulado desde año 2020, no obstante, las personas físicas se verían afectadas al no contar los viernes con atención.

Uso de oficina móvil por parte del Servicio de Administración Tributaria

En un segundo punto, el SAT ha decidido utilizar nuevamente el mecanismo de oficina móvil, acercando los servicios y trámites de la institución en zonas alejadas a las oficinas de atención al contribuyente; este plan comenzará en un primer momento para las entidades de Oaxaca, Quintana Roo, Sinaloa y Veracruz para atender personas físicas, principalmente; en una segunda etapa, Monterrey, Guadalajara, Cancún, Mérida, Tijuana, Ciudad Juárez y Ciudad de México, siendo nuevamente las personas morales las más beneficiadas

Es correcto el abatir el rezago severo en cuanto a la atención al contribuyente, la cual se vio afectada con la pandemia, pero el SAT debe de cuidar que este plan no afecte de manera severa los servicios a las personas físicas y sobre todo, deberá mejorar en la atención final al contribuyente, ya que muchas veces los mismos funcionarios no conocen a fondo los trámites que están recibiendo.

Da clic aquí para leer el comunicado.

Por: Benjamín Segura | Consultor Sr. Legal Fiscal

Fuente: https://www.gob.mx/sat/prensa/el-sat-amplia-sus-horarios-y-sus-espacios-de-atencion-para-los-contribuyentes-049-2022

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El secretario de Hacienda y Crédito Público entregó al Legislativo el Paquete Económico 2023, el cual incluye el Proyecto de Presupuesto de Egresos (PEF), la Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) y los Criterios Generales de Política Económica.

Iniciativas de dicho paquete

Dentro de las iniciativas del paquete para el 2023, se encuentran las siguientes: 

  • Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, FINANZAS PÚBLICAS (hacienda.gob.mx)
  • Anexo A De Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2023 (LIF)
  • Anexo B Con proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2023 (PEF)
  • Anexo C Criterios Generales de Política Económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes al ejercicio fiscal de 2023
  • Anexo D Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derecho
  • Anexo E Que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendario
  • Anexo F Nota metodológica sobre la determinación de las zonas de atención prioritaria 2021; y propuesta de declaratoria de determinación de las zonas de atención prioritaria 2023
  • Anexo G Informe sobre el uso de la facultad conferida al Ejecutivo Federal en materia arancelaria, que se presenta de conformidad con el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
  • Anexo H Listado de las zonas de atención prioritarias rurales 2023
  • Anexo J Listado de las zonas de atención prioritarias urbanas 2023
  • Anexo K Estimación del monto de los recursos federales para cumplimentar la política de subsidios en materia de vivienda para el ejercicio fiscal 2023

De lo anterior, se tiene que en este año no hay por parte del Ejecutivo iniciativas con propuestas para cambiar o reformar leyes en materia recaudatorias como la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) y el Código Fiscal de la Federación (CFF) que integran la Miscelánea Fiscal, las cuales solo actualizarán las cuotas y tarifas por inflación, por lo que los contribuyentes no enfrentaran reformas estructurales para el 2023, además de que tampoco habrá aumentos en impuestos.

Las fechas límite para aprobar la LIF son 20 y 31 de octubre, por parte de las Cámaras de Diputados y Senadores, respectivamente; y para el PEF el 15 de noviembre, por la Cámara de Diputados.

Destacables a considerar

Dentro de los puntos destacados del paquete, se tiene lo siguiente:

Se hizo notar que, el PEF para el Ejercicio Fiscal 2023 se ha realizado bajo los principios de austeridad, eficiencia y racionalidad en el gasto, siendo congruente con los ingresos y variables macroeconómicas, todos en balances sustentables, presentados en los Criterios Generales de Política Económica 2023, priorizando entonces, los programas sociales con una base de finanzas públicas sanas y sin desequilibrios macroeconómicos.

Igualmente, se destacó que se seguirá fortaleciendo la base tributaria a través de las medidas contra la evasión y elusión fiscal, ya que dichas medidas han incrementado los ingresos, sin necesidad de crear nuevos impuestos o aumentar los ya existentes.

Finalmente, se estima que, la deuda pública se mantendrá en una trayectoria estable y sostenible, respetando las metas fiscales y los techos de endeudamiento establecidos por el Congreso, para ubicarse en 49.4% del Producto Interno Bruto en 2023.

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